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Deberemos aprender
qué temas forman el nominativo con
–ς
y cuáles con alargamiento vocálico.
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Alargamiento
vocálico significa alargar la vocal de la sílaba final del tema:
si es una
ο,
se alargará en ω.
Si es una ε,
se alargará en η.
No debemos confundir este alargamiento con el alargamiento
compensatorio, que alarga en vocales cerradas y se produce por
la desaparición accidental de algún fonema.
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Tema puro
significa que no añadiremos ningún morfema, sino que dejaremos
tal cual el tema.
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La
–ᾰ
del neutro plural es siempre breve, lo cual es importante a
efectos de la acentuación.
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La desinencia del
acusativo singular sigue siendo la misma que en la primera y
segunda declinaciones. Sin embargo, fonéticamente se manifiesta
diferente debido al accidente fonético llamado VOCALIZACIÓN: una
–ν–
entre consonantes o entre consonante y final de palabra vocaliza
en –ᾰ–
breve. Recordemos que es alfa breve a efectos de la
acentuación. Por otra parte, esta desinencia tiene el mismo
origen que la -m acusativo del latín. El griego utiliza
–ν
en vez de –μ
porque a final de palabra el sonido
–μ
no pudo conservarse y fue modificado en el correspondiente
dental –ν.
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El acusativo
plural sufrirá también este fenómeno fonético. Es interesante
hacer notar que la única diferencia entre singular y plural en
este caso, es una
–ς;
es decir, que se utiliza para formar el plural, el mismo sistema
que en castellano y valenciano.
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El acusativo plural analógico
al nominativo y vocativo plural sólo se da en unos temas
determinados (temas en sigma de género masculino o femenino
-adjetivos fundamentalmente-, temas en iota y temas en
ypsilón).
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Resulta igualmente
pedagógico observar cómo el nom. y voc. plural M/F se forman
también como en valenciano.
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Deberemos aprender
de memoria qué temas forman el vocativo como el nominativo y qué
temas lo forman en tema puro.